Artículo 269 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las autoridades pueden revisar físicamente y los papeles de cualquier mercancía que esté controlada por la ley, cuando la estén transportando. También pueden revisar los vehículos que la llevan. La excepción es para los productos para animales que no estén regulados por las reglas de sanidad animal. Estas revisiones se hacen en puntos de control autorizados o en puntos de revisión zoosanitaria federal, solo para verificar que todo cumpla con lo que pide la ley.
Texto oficial
Artículo 269. Toda movilización de mercancías reguladas a excepción de los productos para uso o consumo animal que no se encuentren regulados en las disposiciones de sanidad animal, así como los vehículos utilizados para su transporte, podrán ser verificados e inspeccionados en forma física y documental en los Puntos de Verificación e Inspección Interna autorizados y Puntos de Verificación e Inspección Zoosanitaria Federal, con el objeto de constatar el cumplimiento de los requisitos, características y condiciones establecidas para su movilización.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.