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Artículo 301 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los laboratorios autorizados por el gobierno hacen pruebas y análisis de algo (como alimentos o medicinas). Los resultados de esas pruebas se escriben en un reporte, y ese reporte tiene que ir firmado por la persona encargada del laboratorio. Además, la Secretaría (la dependencia del gobierno) sí va a aceptar como buenos esos resultados siempre que vengan de un laboratorio aprobado.

Texto oficial

Artículo 301. El resultado de las pruebas de diagnóstico y constatación que realicen los laboratorios aprobados, se hará constar en un informe de resultados que será firmado por el responsable autorizado del propio laboratorio. La Secretaría aceptará como válidos los resultados de prueba y análisis que se hayan realizado en laboratorios aprobados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 77) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.