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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Artículo
301

Artículo 301 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los laboratorios autorizados por el gobierno hacen pruebas y análisis de algo (como alimentos o medicinas). Los resultados de esas pruebas se escriben en un reporte, y ese reporte tiene que ir firmado por la persona encargada del laboratorio. Además, la Secretaría (la dependencia del gobierno) sí va a aceptar como buenos esos resultados siempre que vengan de un laboratorio aprobado.

Texto oficial

Artículo 301. El resultado de las pruebas de diagnóstico y constatación que realicen los laboratorios aprobados, se hará constar en un informe de resultados que será firmado por el responsable autorizado del propio laboratorio. La Secretaría aceptará como válidos los resultados de prueba y análisis que se hayan realizado en laboratorios aprobados.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal (pág. 77) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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