Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 328 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando la Secretaría revisa un laboratorio que ya tiene permiso, lo hace con personal oficial o con empresas de verificación aprobadas. Estas revisiones se planean con un programa anual, pero también pueden hacerse por quejas o denuncias. Los gastos de la revisión los paga el laboratorio que está siendo verificado.

Texto oficial

Artículo 328. Las visitas de verificación que realice la Secretaría a laboratorios que ya cuentan con autorización, se efectuarán por personal oficial o por unidades de verificación personas morales aprobadas conforme a un programa anual de verificaciones elaborado previamente por la Secretaría o para atender quejas o denuncias. Los gastos derivados de las visitas de verificación se efectuarán con cargo a los laboratorios a verificar.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 83) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.