Artículo 2 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno federal, por medio de la Secretaría de Desarrollo Social, es el que decide cómo se debe entender este reglamento cuando se aplica en trámites o asuntos del gobierno. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público también puede decidir cómo interpretar las reglas que tengan que ver con sus áreas de trabajo, como los impuestos o el dinero público. En pocas palabras, cada secretaría aclara las dudas de las partes que le tocan.
Texto oficial
Artículo 2.- Corresponde al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, la interpretación de este Reglamento para efectos administrativos. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público interpretará las disposiciones que incidan en el ámbito de su competencia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.