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Artículo 200 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 200 dice que los "costos por consumos" son los gastos que haces cuando usas gasolina, diésel u otras formas de energía, como electricidad o gas. También incluye lo que pagas por aceites, grasas para motor o las llantas de un vehículo. En pocas palabras, son todos los gastos que te salen por usar y mantener funcionando una máquina, un carro o un equipo que necesita combustible.

Texto oficial

Artículo 200.- Los costos por consumos son los que se derivan de las erogaciones que resulten por el uso de combustibles u otras fuentes de energía y, en su caso, lubricantes y llantas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 104) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.