- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
- Artículo
- 200
Artículo 200 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 200 dice que los "costos por consumos" son los gastos que haces cuando usas gasolina, diésel u otras formas de energía, como electricidad o gas. También incluye lo que pagas por aceites, grasas para motor o las llantas de un vehículo. En pocas palabras, son todos los gastos que te salen por usar y mantener funcionando una máquina, un carro o un equipo que necesita combustible.
Texto oficial
Artículo 200.- Los costos por consumos son los que se derivan de las erogaciones que resulten por el uso de combustibles u otras fuentes de energía y, en su caso, lubricantes y llantas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.