Artículo 206 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 206 dice que el costo por hora de los salarios de los operadores de maquinaria de construcción se calcula dividiendo el sueldo total por turno entre las horas que realmente trabajan. El "Po" es ese costo por hora. El "Sr" es el salario completo por turno, incluyendo prestaciones como dice el artículo 190. Y "Ht" son las horas efectivas, es decir, las que la máquina estuvo trabajando de verdad durante el turno.
Texto oficial
Artículo 206.- El costo horario por salarios de operación es el que resulta por concepto de pago del o los salarios del personal encargado de la operación de la maquinaria o equipo de construcción por hora efectiva de trabajo y se obtendrá mediante la siguiente expresión: Ht Sr Po Donde: “Po” Representa el costo horario por concepto de pago del o los salarios del personal encargado de la operación de la maquinaria o equipo de construcción. “Sr” Representa los mismos conceptos enunciados en el artículo 190 de este Reglamento, valorizados por turno del personal necesario para operar la máquina o equipo. “Ht” Representa las horas efectivas de trabajo de la maquinaria o equipo de construcción dentro del turno.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.