Artículo 305 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien se niega o no deja que los inspectores hagan su trabajo de revisar o verificar algo, como está marcado en la ley, esa persona se va a llevar una sanción. Para que esto cuente, los inspectores tienen que anotarlo en un documento especial llamado "acta circunstanciada", donde explican lo que pasó. Después, el castigo se aplica según lo que dice el artículo 187 de la Ley. Básicamente, si no cooperas con una inspección, te pueden multar o sancionar.
Texto oficial
Artículo 305. En caso de negarse o impedir que se lleve a cabo alguno de los actos de verificación, revisión o inspección en los términos de la Ley y el presente reglamento, dicha situación se debe hacer constar en el acta circunstanciada que se levante para tales efectos, y ser sancionada en términos de lo previsto en el artículo 187 de la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.