Artículo 118 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 118 dice que los permisos para convertir gas natural en líquido (licuefacción) se pueden dar a personas o empresas del gobierno que quieran tener instalaciones para hacer ese cambio. El gas se transforma de gas a líquido mediante un proceso físico, y se mantiene así mientras está guardado. Esto se hace para entregarlo a otras empresas que tengan permisos de almacenamiento, transporte, distribución o para exportarlo fuera del país.
Texto oficial
Artículo 118. Los permisos de Licuefacción se pueden otorgar a Particulares o empresas públicas del Estado que pretenden contar con Sistemas mediante los cuales el Gas Natural se somete a un proceso físico para cambiarlo de fase gaseosa a líquida, mantenerlo en fase líquida durante la Guarda, con la finalidad de entregarlo a personas Permisionarias de Almacenamiento, Transporte o Distribución, o de exportación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.