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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSH/145
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo
145

Artículo 145 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pides un permiso y luego agregas información para cambiarlo, pero eso obliga a la autoridad a volver a evaluar todo desde cero, van a rechazar tu solicitud original. No pasa nada, puedes hacer una nueva solicitud, pero tendrás que pagar otra vez los derechos o tarifas correspondientes.

Texto oficial

Artículo 145. Cuando la persona solicitante presente información adicional que tenga por objeto modificar la solicitud de permiso o la solicitud de modificación de este y que implique un nuevo proceso de evaluación por parte de la Secretaría o la Comisión, según sea el caso, se debe desechar la solicitud original. Lo anterior, sin perjuicio de que la persona solicitante presente una nueva solicitud, previo pago de los derechos o aprovechamientos que correspondan.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (pág. 43) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.