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Ley
REGLAMENTO del Senado de la República
Artículo
111

Artículo 111 del REGLAMENTO del Senado de la República

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 111 habla de una "moción de procedimiento", que es una herramienta que usan los senadores para reclamar cuando el Presidente del Senado toma una decisión que no sigue las reglas. Para empezar, un senador debe presentar esta queja y tener el apoyo de al menos otros cinco compañeros. Luego, el Presidente explica el asunto que se va a votar, y se permite que dos personas hablen a favor y dos en contra, cada una por máximo cinco minutos. Al final, todos los senadores votan si están de acuerdo con la moción o no, y se actúa según lo que decida la mayoría.

Texto oficial

Artículo 111 1. La moción de procedimiento tiene como propósito reclamar las resoluciones del Presidente que se apartan de la normatividad aplicable. Para ello se consulta el voto del Pleno, conforme a lo siguiente: I. En términos del artículo 68 de la Ley, la moción se presenta al Presidente por un senador con el apoyo de al menos otros cinco; REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPÚBLICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 06-12-2024 32 de 120 II. El Presidente precisa los términos de la consulta que se somete al Pleno, conforme a la moción presentada; III. Se forma una lista hasta con dos oradores a favor y dos en contra. Cada uno de ellos interviene hasta por cinco minutos; y IV. Concluidas las intervenciones se consulta al Pleno si es de aprobarse o no la moción, a fin de proceder en consecuencia.

Ver texto oficial del REGLAMENTO del Senado de la República (pág. 31) ↗

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