- Ley
- REGLAMENTO del Senado de la República
- Artículo
- 23
Artículo 23 del REGLAMENTO del Senado de la República
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 23 dice que si un empleado o funcionario del Senado comete una falta en su trabajo (como no cumplir con sus deberes o portarse mal), será castigado por un departamento especial llamado "órgano interno de control". Este castigo se aplicará siguiendo unos pasos o reglas ya definidos. En pocas palabras, el Senado tiene su propia autoridad para sancionar a quienes trabajan ahí y no se portan bien.
Texto oficial
Artículo 23 1. Las faltas administrativas en que incurran los servidores públicos del Senado, serán sancionadas por el órgano interno de control, conforme a los procedimientos establecidos al efecto. Artículo reformado DOF 25-10-2022
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