- Ley
- REGLAMENTO del Senado de la República
- Artículo
- 232
Artículo 232 del REGLAMENTO del Senado de la República
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Senado tiene ciertos poderes especiales que solo él puede usar, según lo que dicen la Constitución y las leyes. Para ejercerlos, emite documentos oficiales como decretos, resoluciones o acuerdos, pero solo cuando alguien con derecho se lo pide o propone, como otras autoridades o instituciones. Cuando el Senado usa esos poderes exclusivos y emite uno de esos documentos, lo firman el Presidente del Senado y un secretario.
Texto oficial
Artículo 232 1. El Senado ejerce las facultades exclusivas que le confieren los artículos 76, 77 y demás relativos de la Constitución y las leyes, mediante decretos, resoluciones o acuerdos y previa solicitud, propuesta o comunicación que presentan los sujetos constitucional y legalmente facultados para ello. 2. El decreto, resolución o acuerdo que resulta del ejercicio de facultades exclusivas del Senado, lo firman el Presidente y un secretario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.