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Ley
REGLAMENTO del Senado de la República
Artículo
285

Artículo 285 del REGLAMENTO del Senado de la República

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice cómo la Mesa del Senado elige a los senadores que van a representar a México en juntas con otros países. Se toman en cuenta cosas como que haya senadores de diferentes partidos, que los elegidos sepan del tema y que el Senado tenga dinero para el viaje. También se nombra a un presidente para cada grupo que va al extranjero. Además, la Mesa puede mandar personal de apoyo con ellos, y ese personal debe seguir las órdenes del presidente del grupo.

Texto oficial

Artículo 285 1. En cumplimiento de las atribuciones que le confieren las fracciones II y IV del párrafo 1 del artículo 283 de este Reglamento, la Mesa atiende los siguientes criterios: I. Respecto de organizaciones interparlamentarias permanentes, se designan en cada caso representantes por una o dos legislaturas; II. En la integración de representaciones permanentes y delegaciones a eventos en el exterior se refleja, en la medida de lo posible, la pluralidad del Senado; III. Las representaciones permanentes se integran conforme lo disponen los instrumentos internacionales respectivos; las delegaciones se forman de acuerdo a los requerimientos de cada evento y la disponibilidad presupuestal del Senado; IV. Se toma en consideración la especialización de las comisiones para proponer a los integrantes de las representaciones o delegaciones del Senado; y V. Se designa un presidente para cada representación o delegación del Senado. 2. La Mesa puede autorizar a cada representación o delegación de senadores el personal de apoyo técnico que se requiera. Cuando sea necesario, personal de apoyo puede asistir a los representantes o delegados en la realización de sus tareas fuera del territorio nacional, caso en el cual estará bajo el mando directo del presidente.

Ver texto oficial del REGLAMENTO del Senado de la República (pág. 80) ↗

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