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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/154
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
154

Artículo 154 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. La palabra "derogado" significa que la ley que estaba ahí ya no existe, porque fue eliminada oficialmente el 8 de enero de 2018. Así que hoy en día no tiene ningún efecto ni regla que seguir, como si nunca hubiera estado.

Texto oficial

Art. 154. DEROGADO. P.O. 08 DE ENERO DE 2018.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.