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Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
1741

Artículo 1741 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cumples solo una parte de lo que debías, el castigo o pago extra que se había pactado también se reduce en la misma medida. Es decir, si pagaste la mitad, la pena baja a la mitad. No te pueden exigir toda la pena si ya cumpliste con una parte, porque la ley la ajusta según lo que realmente cumpliste. Esto sirve para que la sanción no sea injusta ni desproporcionada.

Texto oficial

Art. 1741.- Si la obligación fuere cumplida en parte, la pena se modificará en la misma proporción.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

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