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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/nuevo-leon/codigo-civil/238
Ley
Código Civil para el Estado de Nuevo León
Artículo
238

Artículo 238 del Código Civil para el Estado de Nuevo León

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, así que ya no debes hacerle caso. La ley que lo contenía fue eliminada por completo en enero de 2018 mediante un cambio oficial. En otras palabras, se quitó del libro de leyes y ya no tiene ningún efecto. Si buscas saber qué decía antes, ya no importa, porque dejó de aplicarse. Mejor consulta la ley actualizada para ver qué reglas aplican ahora.

Texto oficial

Art. 238.- DEROGADO. P.O. 08 DE ENERO DE 2018.

Ver texto oficial del Código Civil para el Estado de Nuevo León (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.