- Ley
- Código Civil para el Estado de Nuevo León
- Artículo
- 406
Artículo 406 del Código Civil para el Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo fue eliminado de la ley, así que ya no tiene ningún efecto. Cuando una ley se "deroga", significa que se cancela o se quita oficialmente, como cuando borras un mensaje. Por eso, ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no existe. Lo único que pasó es que desde el 15 de abril de 2011, dejó de ser válido. En resumen, no hay nada que explicar porque ya no aplica para nada.
Texto oficial
Art. 406.- (DEROGADO, P.O. 15 DE ABRIL DE 2011)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.