- Ley
- Código Fiscal del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 223
Artículo 223 del Código Fiscal del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, porque fue eliminado por una ley que se publicó el 5 de julio de 1991 en Nuevo León. En otras palabras, ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque quedó anulado oficialmente. Cuando una ley se "deroga", significa que se cancela o se retira para que deje de aplicarse. Así que este texto es solo un registro histórico.
Texto oficial
ARTICULO 223.- (DEROGADO POR EL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEON, P.O. 5 DE JULIO DE 1991)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.