P./J. 20/2012 (9a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional
PARQUE NACIONAL TULUM Y ZONA DE MONUMENTOS ARQUEOLÓGICOS TULUM-TANCAH. LA CONDICIÓN CATASTRAL Y DE ASENTAMIENTOS HUMANOS DENTRO DEL ÁREA QUE COMPRENDEN DICHOS BIENES NACIONALES NO AFECTA SU ÁMBITO DE REGULACIÓN FEDERAL.
[J]; 10a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Libro X, Julio de 2012; Tomo 1; Pág. 345
La existencia de construcciones y asentamientos humanos dentro del área que comprenden el Parque Nacional Tulum y la Zona de Monumentos Arqueológicos Tulum-Tancah no afecta la atribución exclusiva de la Federación de regular estos bienes nacionales que, por disposición legal, están sujetos a su régimen de dominio público exclusivo. En todo caso, corresponde a la Federación, en ejercicio pleno de su jurisdicción sobre ellos y en atención -en todo momento- a su preservación, resolver la situación de esas construcciones y asentamientos, para lo cual podrá coordinarse con los otros niveles de gobierno, estableciendo la forma y términos en que éstos intervendrán.
Precedentes
Controversia constitucional 72/2008. Poder Ejecutivo Federal. 12 de mayo de 2011. Mayoría de nueve votos en relación con el sentido; mayoría de ocho votos a favor de las consideraciones; votó en contra de las consideraciones: Juan N. Silva Meza; votaron en contra del sentido: Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretaria: María Vianney Amezcua Salazar.
El Tribunal Pleno, el siete de junio en curso, aprobó, con el número 20/2012 (9a.), la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a siete de junio de dos mil doce.