I.3o.C.1015 C (9a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Civil
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD. FUNDAMENTO, CARACTERÍSTICAS Y OBJETO.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IV, Enero de 2012; Tomo 5; Pág. 4596
El Registro Público tiene su fundamento legal en el título segundo de la tercera parte del libro cuarto del Código Civil para el Distrito Federal, en el que se prevé que el Registro Público funcionará conforme al sistema y métodos que determine el reglamento y que éste será público. Así, de acuerdo a su reglamento, es una institución integrante de la administración pública del Distrito Federal, que tiene encomendado el desempeño de la función registral y cuyo objeto es dar publicidad a los actos jurídicos que requieran surtir efectos contra terceros.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 212/2011. Distribuidora Automotriz, S.A. de C.V. 29 de septiembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Francisco Mota Cienfuegos. Secretaria: Ariadna Ivette Chávez Romero.