I.3o.C.999 C (9a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil
OBLIGACIÓN SOLIDARIA DE PAGAR LA RENTA. CONSTITUYE UNA GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DE LA PRINCIPAL PACTADA EN UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro III, Diciembre de 2011; Tomo 5; Pág. 3791
En términos del artículo
1987 del Código Civil para el Distrito Federal
, la obligación solidaria implica que quien suscribe con ese carácter debe responder con todos sus bienes de las obligaciones establecidas en el contrato de arrendamiento, lo que implica por su naturaleza una obligación de garantía porque tiene por objeto asegurar el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el contrato de arrendamiento como lo es el pago de la renta pactada, ya que el obligado solidario no es el titular de la relación arrendaticia.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 523/2011. Deutsche Bank, México, S.A., Institución de Banca Múltiple, como fiduciario del fideicomiso número F/561. 29 de septiembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretaria: Valery Palma Campos.