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I.3o.C.990 C (9a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil

COMPETENCIA EN MATERIA MERCANTIL. LA SUCURSAL DE UNA INSTITUCIÓN BANCARIA ES UN HECHO NOTORIO PARA CONOCER SU DOMICILIO Y DECIDIR EL CONFLICTO RESPECTIVO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro I, Octubre de 2011; Tomo 3; Pág. 1614

Precedentes

Amparo en revisión 133/2011. Carlos Gustavo Rodríguez López. 19 de mayo de 2011. Mayoría de votos. Disidente: Benito Alva Zenteno. Ponente: José Luis Evaristo Villegas, secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretaria: Valery Palma Campos.