XXXI.24 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
DEMANDA LABORAL. DESDE EL ESCRITO INICIAL, EL ACTOR PUEDE OFRECER LAS PRUEBAS QUE CONSIDERE PERTINENTES PARA ACREDITAR SU ACCIÓN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIV, Agosto de 2011; Pág. 1315
De conformidad con el artículo 872 de la Ley Federal del Trabajo, "La demanda se formulará por escrito, acompañando tantas copias de la misma, como demandados haya. El actor en su escrito inicial de demanda expresará los hechos en que funde sus peticiones, pudiendo acompañar las pruebas que considere pertinentes, para demostrar sus pretensiones."; por ende, la responsable debe considerar que desde el escrito inicial de demanda, el actor, al expresar los hechos en que funde sus peticiones, puede acompañar las pruebas que considere pertinentes para demostrar su acción y, en su caso, aquélla deberá dictar el acuerdo en relación con los medios de convicción ofrecidos con la demanda.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 286/2011. Óscar Andrés Berman Ortega. 8 de junio de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: José Atanacio Alpuche Marrufo. Secretaria: María del Rosario Franco Rosales.