I.18o.A.10 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS AGENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. NO DESAPARECE AL SUBSANARSE O CORREGIRSE LAS DEFICIENCIAS DETECTADAS EN LA PRÁCTICA DE UNA VISITA INTEGRAL DE EVALUACIÓN Y SUPERVISIÓN TÉCNICO-JURÍDICA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIV, Julio de 2011; Pág. 2214
Si bien es cierto que el artículo décimo primero del Acuerdo A/003/2007 del Procurador General de Justicia del Distrito Federal por el que se establecen las normas de organización y funcionamiento de la Visitaduría General, publicado en la Gaceta Oficial de la entidad el 7 de febrero de 2007, prevé que en la práctica de una visita integral de evaluación y supervisión técnico-jurídica el visitador emitirá recomendaciones a los agentes del Ministerio Público visitados para que subsanen o corrijan las deficiencias detectadas, también lo es que dicha previsión no constituye un sistema de dispensa de responsabilidad para éstos, la cual se consuma en el momento en que se realiza la actuación deficiente o negligente, es decir, la responsabilidad administrativa de los mencionados agentes no desaparece al subsanarse o corregirse las irregularidades advertidas. Estimar lo contrario implicaría desatender el régimen constitucional en la materia y, con ello, dejar impunes las faltas cometidas.
DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Revisión contenciosa administrativa 70/2010. Contralor Interno en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. 19 de agosto de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Angelina Hernández Hernández. Secretario: Christian Omar González Segovia.