1a. CXX/2011Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa
RENTA Y EMPRESARIAL A TASA ÚNICA. CRITERIOS QUE PERMITEN IDENTIFICAR MECANISMOS DE COMPLEMENTARIEDAD ENTRE AMBOS IMPUESTOS.
[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIV, Julio de 2011; Pág. 309
Cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación conoce de un caso en el cual es posible acreditar la complementariedad entre el impuesto sobre la renta y el impuesto empresarial a tasa única, es necesario determinar que los mecanismos inherentes a dichos gravámenes deben atender a los siguientes criterios: a) el de hacer tributar, a través del sistema complementario establecido entre ambos gravámenes, a quienes no estaban pagando impuesto sobre la renta; b) el de permitir que quien efectivamente esté pagando impuesto sobre la renta no tenga que verse necesariamente obligado a pagar el impuesto empresarial a tasa única, justamente en la medida en la que ya cubre el primero de dichos gravámenes; c) el de conservar una relación proporcionada y razonable entre el impuesto empresarial a tasa única causado y el impuesto sobre la renta acreditable, a la luz de la intención de constituir al primero de ellos como un mecanismo de control del segundo, en los casos en los que los mismos conceptos generen ambas contribuciones; y, d) el de provocar la menor afectación económica posible con el establecimiento del impuesto empresarial a tasa única.
Precedentes
Amparo en revisión 841/2010. Premezclas y Vitaminas Tepa, S.A. de C.V. 12 de enero de 2011. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Juan Carlos Roa Jacobo.