I.9o.A.18 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
INCIDENTE DE OBJECIÓN DE DOCUMENTOS PREVISTO EN EL ARTÍCULO 153 DE LA LEY DE AMPARO. INICIA Y SE DESARROLLA EN LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIV, Julio de 2011; Pág. 2033
El incidente de objeción de documentos previsto en el artículo
153 de la Ley de Amparo
inicia y se desarrolla en la audiencia constitucional, la cual deberá suspenderse para que las partes ofrezcan pruebas, que serán relacionadas en la aludida audiencia, y formulen alegatos, por lo que todo el procedimiento incidental es parte de la misma audiencia como un solo acto procesal.
NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Queja 150/2010. LB10, S.A. de C.V. y otro. 13 de enero de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Juana Ruiz, secretaria de tribunal autorizada por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada. Secretario: Antonio Prats García.