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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 2 de septiembre de 2015, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 80/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

I.7o.C.163 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
162218
Clave de tesis
I.7o.C.163 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Mayo de 2011; Pág. 1021

ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO. PENA CONVENCIONAL, LÍMITE DE SU APLICACIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Mayo de 2011; Pág. 1021

Precedentes

Amparo directo 226/2011. 28 de abril de 2011. Mayoría de votos. Disidente: Julio César Vázquez-Mellado García. Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Secretario: José Jorge Rojas López. Nota: Por ejecutoria del 2 de septiembre de 2015, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 80/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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Registro digital (IUS): 162218