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II.2o.T.Aux.24 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Constitucional

COSTAS. EL ARTÍCULO 6o., PRIMER PÁRRAFO, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, NO SE CONTRAPONE CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Marzo de 2011; Pág. 2296

Precedentes

Amparo directo 379/2010. Dicex del Sur, S.A. de C.V. 5 de noviembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Alberto Zerpa Durán. Secretario: Israel Hernández González. Nota: El criterio contenido en esta tesis no es obligatorio ni apto para integrar jurisprudencia en términos del punto 11 del capítulo primero del título cuarto del Acuerdo Número 5/2003 del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de veinticinco de marzo de dos mil tres, relativo a las Reglas para la elaboración, envío y publicación de las tesis que emiten los órganos del Poder Judicial de la Federación, y para la verificación de la existencia y aplicabilidad de la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte .