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P. II/2011Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

INVIOLABILIDAD PARLAMENTARIA. LAS OPINIONES EMITIDAS POR LOS CONSEJEROS DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES PUEDEN SER MATERIA DE JUICIO, PUES DICHA FIGURA NO SE JUSTIFICA EN ELLOS.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Febrero de 2011; Pág. 6

Precedentes

Amparo directo en revisión 27/2009. Manuel Bartlett Díaz. 22 de febrero de 2010. Mayoría de ocho votos; votaron con salvedades Margarita Beatriz Luna Ramos, José de Jesús Gudiño Pelayo y Olga Sánchez Cordero de García Villegas; votaron en contra: Sergio A. Valls Hernández y Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Rodrigo de la Peza López Figueroa. El Tribunal Pleno, el trece de enero en curso, aprobó, con el número II/2011, la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a trece de enero de dos mil once.

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