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P./J. 104/2010 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional
Registro digital (IUS)
163476
Clave de tesis
P./J. 104/2010
Tipo
Jurisprudencia
Época
9a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Constitucional
Fuente
[J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Noviembre de 2010; Pág. 1209

DEUDA PÚBLICA LOCAL. EL PRINCIPIO DE ANUALIDAD PRESUPUESTAL RIGE TRATÁNDOSE DEL FINANCIAMIENTO DE LOS ESTADOS Y LOS MUNICIPIOS A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN VIII DEL ARTÍCULO 117 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

[J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Noviembre de 2010; Pág. 1209

Precedentes

Acción de inconstitucionalidad 163/2007. Diputados integrantes de la LVIII Legislatura del Congreso del Estado de Sonora. 17 de noviembre de 2009. Mayoría de ocho votos. Ausente: Mariano Azuela Güitrón. Disidentes: Margarita Beatriz Luna Ramos y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretarios: María Amparo Hernández Chong Cuy, Rosa María Rojas Vértiz Contreras y Jorge Luis Revilla de la Torre. El Tribunal Pleno, el siete de octubre en curso, aprobó, con el número 104/2010, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a siete de octubre de dos mil diez.

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