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III.4o.C.37 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

CADUCIDAD DE LA VÍA HIPOTECARIA. NO IMPLICA LA PÉRDIDA DEL DERECHO SUSTANTIVO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Noviembre de 2010; Pág. 1427

Precedentes

Amparo directo 371/2010. Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte. 9 de julio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Eduardo Francisco Núñez. Secretaria: Karla Marisol Ruiz Bonilla.

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