P./J. 97/2010 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES. LOS ARTÍCULOS 39 Y 40 DE SU REGLAMENTO INTERIOR, RESPETAN EL ARTÍCULO 89, FRACCIÓN I, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
[J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Septiembre de 2010; Pág. 953
Los artículos
39 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 2009, al establecer diversas funciones de los titulares de los órganos administrativos desconcentrados y la naturaleza de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, la cual tendrá las atribuciones que se le confieren en la Ley Federal de Telecomunicaciones, la Ley Federal de Radio y Televisión, su Reglamento Interior y las que le sean otorgadas por el secretario de Comunicaciones y Transportes, respectivamente, respetan el artículo
89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, porque no afectan las atribuciones que legalmente fueron conferidas a la Comisión, sino que las reconocen, y los lineamientos generales que establece el referido artículo 39 para los titulares de los órganos administrativos desconcentrados implican atribuciones que permiten su mejor funcionamiento.
Precedentes
Controversia constitucional 7/2009. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. 24 de noviembre de 2009. Unanimidad de diez votos. Ausente: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Ydalia Pérez Fernández Ceja.
El Tribunal Pleno, el seis de septiembre en curso, aprobó, con el número 97/2010, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a seis de septiembre de dos mil diez.