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I.4o.C.282 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

COSTAS. REMUNERACIÓN DEL ABOGADO DE LA PARTE VENCEDORA (Aplicación del artículo 128 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Septiembre de 2010; Pág. 1226

Precedentes

Amparo en revisión 58/2010. Crédito Inmobiliario, S.A. de C.V., S.F. de O.M., Entidad no Regulada. 11 de marzo de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Mauro Miguel Reyes Zapata. Secretaria: María del Carmen Amaya Alcántara. Nota: Por ejecutoria del 7 de septiembre de 2022, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de criterios 127/2022, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que "no existe punto de toque entre ambos criterios, y, más aún, que no puede pronunciarse sobre el criterio que debiera prevalecer, en razón de no poder contraponer de tal manera las situaciones presentadas que puedan dar lugar a un solo criterio comprensivo de todos los supuestos fácticos que puedan presentarse."

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