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VI.1o.A. J/51Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Común

AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO. ACLARACIÓN DE LA. APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 146 DE LA LEY DE AMPARO.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Septiembre de 2010; Pág. 1027

Precedentes

Queja 70/2008. **********. 31 de octubre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Lorena Ortuño Yáñez, secretaria de tribunal autorizada por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada. Secretario: David Alvarado Toxtle. Amparo en revisión 369/2008. Esteban Gabriel Bejarano Rosas y otros. 6 de febrero de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Higuera Corona. Secretaria: Lorena Ortuño Yáñez. Amparo en revisión 88/2009. Vidal Martínez Castillo. 27 de mayo de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Higuera Corona. Secretario: David Alvarado Toxtle. Amparo en revisión 101/2010. Sandre Jiménez y Asociados, Servicios de Autotransporte, S.A. 13 de mayo de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: José Eduardo Téllez Espinoza. Secretaria: María Elena Gómez Aguirre. Amparo en revisión 187/2010. Jefe del Departamento Jurídico Contencioso de la Secretaría de Gestión Urbana y Obra Pública para el Desarrollo Sustentable del Ayuntamiento del Municipio de Puebla y otra. 18 de agosto de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Higuera Corona. Secretario: David Alvarado Toxtle. Nota: La tesis P./J. 12/2003 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVIII, julio de 2003, página 11.