I.5o.C.119 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
RÉGIMEN DE VISITAS Y CONVIVENCIAS. INEXISTENCIA DE SOLUCIONES DE VALIDEZ GENERAL PARA SU IMPLEMENTACIÓN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Agosto de 2010; Pág. 2340
No existen esquemas, fórmulas o soluciones de validez general para determinar el régimen de visitas y convivencias, por tratarse de un tema enteramente casuístico y particular en su aplicación concreta, ya que se encuentra vinculado con las relaciones humanas que tienen múltiples matices. Es por ello que, en estos asuntos se requieren respuestas judiciales de gran nivel que implican la intervención original y creativa de los Jueces.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 309/2010. 10 de junio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Walter Arellano Hobelsberger. Secretario: Enrique Cantoya Herrejón.