I.7o.A.702 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
OBRA PÚBLICA. TRATÁNDOSE DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO RELATIVO, EXISTE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DEL SERVIDOR PÚBLICO ENCARGADO DE APROBAR LAS ESTIMACIONES PRESENTADAS POR LOS CONTRATISTAS, SI FIRMA LA AUTORIZACIÓN PARA SU PAGO SIN QUE LOS TRABAJOS SE ENCUENTREN CONCLUIDOS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Julio de 2010; Pág. 1997
Tratándose del cumplimiento de un contrato de obra pública existe responsabilidad administrativa del servidor público encargado de aprobar las estimaciones presentadas por los contratistas, si firma la autorización para su pago sin que los trabajos se encuentren concluidos, porque del artículo
100, fracción I
, en relación con el
1, fracción IX
, vigente hasta el 29 de noviembre de 2006, ambos del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se advierte que dicho pago debe cubrirse por trabajos ejecutados y no como anticipo de la obra por realizar, sin que obste a lo anterior que posteriormente concluya totalmente la actividad objeto del contrato, en el tiempo y forma convenidos.
SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Revisión fiscal 679/2009. Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública, encargado de la defensa del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 7 de abril de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretaria: Silvia Fuentes Macías.