I.4o.P. J/13 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Penal
SUSPENSIÓN DE DERECHOS POLÍTICOS. SI EL SENTENCIADO SE ACOGE A ALGÚN SUSTITUTIVO PENAL O A LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA DE PRISIÓN, TAMBIÉN DEBE SUSPENDERSE AQUELLA SANCIÓN.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Junio de 2010; Pág. 861
Por su naturaleza, la suspensión de derechos políticos es una sanción de carácter accesorio que se produce como consecuencia necesaria de la pena de prisión, por lo que su duración depende de la que ésta tenga; así, cuando la sanción principal es sustituida, debe entenderse que lo es en su integridad; proceder que es aplicable para cualquier sustitutivo, inclusive para la suspensión de derechos políticos, pues la naturaleza de la pena resulta irrelevante cuando existe dicha sustitución; por tanto, si el sentenciado se acoge a algún sustitutivo penal concedido o a la suspensión condicional de la ejecución de la pena de prisión, también procede suspender la ejecución de la suspensión de sus derechos políticos. Conclusión a la que arriba este Tribunal Colegiado, al aplicar por analogía el criterio sostenido por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis de jurisprudencia 1a./J. 74/2006, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIV, diciembre de 2006, página 154, de rubro: "
SUSPENSIÓN DE DERECHOS POLÍTICOS. AL SER UNA SANCIÓN ACCESORIA DE LA PENA DE PRISIÓN CUANDO ÉSTA ES SUSTITUIDA INCLUYE TAMBIÉN A LA PRIMERA
."
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 387/2009. 26 de noviembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Andrés Ortiz Cruz. Secretaria: Rocío Belem Rojo Chávez.
Amparo directo 378/2009. 3 de diciembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Elvia Díaz de León D'Hers. Secretario: Juan Manuel Acevedo Mejía.
Amparo directo 415/2009. 7 de enero de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Elvia Díaz de León D'Hers. Secretaria: Leticia Carolina Sandoval Medina.
Amparo directo 403/2009. 14 de enero de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Olga Estrever Escamilla. Secretaria: Martha García Gutiérrez.
Amparo directo 466/2009. 11 de marzo de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Elvia Díaz de León D'Hers. Secretario: Juan Manuel Acevedo Mejía.
Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la
contradicción de tesis 15/2010
, resuelta por el Tribunal Pleno, de la que derivó la tesis P./J. 86/2010, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXII, septiembre de 2010, página 23, con el rubro: "
SUSPENSIÓN DE DERECHOS POLÍTICOS. CONTINÚA SURTIENDO EFECTOS AUNQUE EL SENTENCIADO SE ACOJA AL BENEFICIO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA
."