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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/164450

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 13 de junio de 2012, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 167/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

VIII.1o.(X Región) 3 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
164450
Clave de tesis
VIII.1o.(X Región) 3 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Junio de 2010; Pág. 1019

OFRECIMIENTO DE TRABAJO. ES DE MALA FE AL EFECTUARSE SIN EL PAGO DEL SÉPTIMO DÍA (TRABAJO DE AUTOTRANSPORTES).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Junio de 2010; Pág. 1019

Precedentes

Amparo directo 952/2009. Alfredo Santos Arellano. 2 de diciembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Loreto Martínez. Secretaria: María Guadalupe García de la Fuente. Nota: Por ejecutoria del 13 de junio de 2012, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 167/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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Registro digital (IUS): 164450