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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/164463

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: La contradicción de tesis 31/98 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VIII, octubre de 1998, página 6.

IV.1o.C.106 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
164463
Clave de tesis
IV.1o.C.106 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Junio de 2010; Pág. 932

INTERESES MORATORIOS CONVENCIONALES. EL COSTO PORCENTUAL PROMEDIO PARA SU CÁLCULO, ES ANUALIZADO. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 2289 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Junio de 2010; Pág. 932

Precedentes

Amparo en revisión 1/2010. Isidro Álvarez García. 25 de marzo de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Alfredo Sánchez Castelán. Secretario: Carlos Rafael Domínguez Avilán. Nota: La contradicción de tesis 31/98 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VIII, octubre de 1998, página 6.

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