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XXI.2o.P.A. J/41Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. EL ARTÍCULO 22 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE DICHO ORGANISMO NO CONSTITUYE UNA NORMA COMPLEJA.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Mayo de 2010; Pág. 1872

Precedentes

Revisión fiscal 170/2009. Administrador Local Jurídico de Acapulco, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público y de otros. 12 de noviembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Rafael Aragón. Secretario: Abel Aureliano Narváez Solís. Revisión fiscal 301/2009. Administrador Local Jurídico de Acapulco, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público y de otros. 23 de noviembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Rafael Aragón. Secretario: Abel Aureliano Narváez Solís. Revisión fiscal 164/2009. Administrador Local Jurídico de Acapulco, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público y de otros. 10 de diciembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Martiniano Bautista Espinosa. Secretario: J. Ascensión Goicochea Antúnez. Revisión fiscal 289/2009. Administrador Local Jurídico de Acapulco, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público y de otros. 10 de diciembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Martiniano Bautista Espinosa. Secretario: Julián Jiménez Pérez. Revisión fiscal 464/2009. Administrador Local Jurídico de Acapulco, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público y de otros. 12 de febrero de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Gaspar Paulín Carmona. Secretaria: Guadalupe Juárez Martínez.

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