I.4o.A.710 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
OPCIÓN DE COMPRA DE ACCIONES OTORGADA POR UNA EMPRESA O SU RELACIONADA A UN TRABAJADOR, DERIVADA DE SU RELACIÓN LABORAL. HECHOS QUE LA INTEGRAN Y EFECTOS TRIBUTARIOS QUE ÉSTOS PRODUCEN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Mayo de 2010; Pág. 1985
La opción de compra de acciones otorgada por una empresa o su relacionada a un trabajador, derivada de su relación laboral, contempla dos hechos diversos que producen distintos efectos tributarios con significación económica diferente y autónoma, no obstante que se realicen en un solo acto y sean concomitantes en el tiempo, que son los siguientes: el primero se da cuando el trabajador ejerce la opción de adquirir acciones, otorgada como estímulo y contraprestación por la empresa donde labora y obtiene un beneficio si el precio de la acción es menor al valor de mercado, hecho que es gravable al constituir una remuneración por un trabajo personal subordinado y, el segundo, consiste en que el titular de las acciones, a través de la instrucción dada a su tenedor, las enajena a un precio que excede del que pagó por su adquisición, lo que se traduce en que el ingreso obtenido es gravable en términos del capítulo IV del título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta. De lo anterior se observa que en el primer acto hay un incremento patrimonial por la titularidad de las acciones a un cierto precio y, en el segundo, hay un ingreso en efectivo gravable por la enajenación de aquéllas. Consecuentemente, se está ante una operación compleja integrada por etapas y actos, jurídicos y económicos, con un resultado y efecto, donde real, financiera y sustancialmente se da la adquisición y enajenación de acciones, tales como: i) acciones que ingresan al patrimonio del empleado; ii) enajenación de esos títulos mediante la instrucción del titular y, iii) obtención de un beneficio, en el que es preciso distinguir entre el que incrementa el patrimonio, que es consecuencia de una relación laboral, y el ingreso que se obtiene por el diferencial entre el costo de las acciones y el producto de la venta.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 310/2009. Peter Foyo Collazo. 18 de febrero de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Antonio Nazar Sevilla. Secretaria: Ángela Alvarado Morales.