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1a./J. 29/2010Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

EMBARGO. LA NEGATIVA DEL JUEZ NATURAL DE ORDENAR SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN PROCESAL DE IMPOSIBLE REPARACIÓN, IMPUGNABLE EN AMPARO INDIRECTO (LEGISLACIÓN DE LOS ESTADOS DE CHIAPAS E HIDALGO).

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Mayo de 2010; Pág. 430

Precedentes

Contradicción de tesis 205/2009. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito. 3 de febrero de 2010. Cinco votos. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Francisco Octavio Escudero Contreras. Tesis de jurisprudencia 29/2010. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha diez de febrero de dos mil diez.

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