XI.1o.A.T.51 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
PERSONAS ADULTAS MAYORES. MÉTODO DE INTERPRETACIÓN DE LOS HECHOS DE LA DEMANDA DEL JUICIO AGRARIO TRATÁNDOSE DE AQUÉLLAS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Abril de 2010; Pág. 2766
Los artículos
6 y 7 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
disponen que cuando se presentan diferentes interpretaciones deberá preferirse aquella que proteja con mayor eficacia a las personas o a los grupos que sean afectados por conductas discriminatorias, en tanto el artículo
5o., fracción II, apartado d, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
establece que en los procedimientos administrativos o judiciales en que sean parte sujetos de esa índole, debe tener preferencia la protección de su patrimonio personal y familiar. Por tanto, la interpretación de los hechos de la demanda del juicio agrario tratándose de dichas personas ha de efectuarse con ese método.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 516/2009. Rubén Sánchez Madrigal. 7 de diciembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Juan García Orozco. Secretaria: Norma Navarro Orozco.