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1a./J. 122/2009Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

APELACIÓN ADHESIVA. NO ES UN MEDIO ORDINARIO DE DEFENSA QUE DEBA INTERPONERSE PREVIAMENTE AL JUICIO DE AMPARO.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Abril de 2010; Pág. 48

Precedentes

Contradicción de tesis 337/2009. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito. 4 de noviembre de 2009. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Sergio A. Valls Hernández. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Fernando A. Casasola Mendoza. Tesis de jurisprudencia 122/2009. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha once de noviembre de dos mil nueve.