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I.7o.A.689 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

SUBTESORERO DE FISCALIZACIÓN DE LA TESORERÍA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL. NO ESTÁ OBLIGADO A CITAR LA PARTE ESPECÍFICA DEL ARTÍCULO 9 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA LOCAL PARA FUNDAR CORRECTAMENTE SU COMPETENCIA TERRITORIAL, CUANDO EJERCE FACULTADES CONFORME AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL FEDERAL, CELEBRADO POR EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, Y EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Marzo de 2010; Pág. 3075

Precedentes

Revisión fiscal 554/2009. Jefe del Servicio de Administración Tributaria, firma en su ausencia y de los Administradores Generales de Grandes Contribuyentes, Jurídico, de Recaudación, de Auditoría Fiscal, de Aduanas, de Servicios al Contribuyente y del Administrador Central de Amparo e Instancias Judiciales, el Administrador Central de lo Contencioso. 20 de enero de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Gustavo Naranjo Espinosa.

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