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VII.2o.C.118 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

DEPÓSITO DE MENORES. EL PROGENITOR AFECTADO ESTÁ LEGITIMADO PARA RECLAMAR ESA MEDIDA CAUTELAR (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Marzo de 2010; Pág. 2968

Precedentes

Amparo en revisión 370/2009. 16 de octubre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel de Alba de Alba. Secretaria: Diana Helena Sánchez Álvarez.

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