II.2o.T.Aux.4 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
SENTENCIAS DE LAS SALAS REGIONALES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA. DEBEN EXPRESAR CLARA, FUNDADA Y MOTIVADAMENTE EL VOTO DISIDENTE.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Febrero de 2010; Pág. 2920
No es posible conocer el sentido de la sentencia emitida por una Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, cuando ésta aparece firmada por los tres Magistrados que la integran, pero aparentemente dos de ellos expresaron sus respectivos votos disidentes de manera informal, por ejemplo, asentando de puño y letra, uno, la expresión "En contra" y, otro, "Con los resolutivos", pues en este último caso resulta especialmente oscura dicha inscripción, porque indica que el Magistrado no está de acuerdo con las consideraciones del fallo, sino solamente con los puntos resolutivos, y esto último, aunado al otro voto disidente, indicaría que las consideraciones de la determinación no se tomaron por mayoría y, por tanto, no podrían regir los puntos resolutivos; lo que implicaría una violación al artículo
49 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
y al artículo
16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, pues esa vaguedad, oscuridad o generalidad, dificulta la defensa de la parte a quien no favorece el fallo. Por tanto, dichas sentencias deben expresar clara, fundada y motivadamente el voto disidente.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO AUXILIAR, CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO.
Precedentes
Amparo directo 667/2009. Comercializadora Gialan, S.A. de C.V. 10 de diciembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Méndez Cortés. Secretaria: Melina Reyes Gutiérrez.