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XXXI.8 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

JUBILACIÓN POR INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE DE LOS TRABAJADORES DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. DEBEN APLICARSE LAS TABLAS DE LAS CLÁUSULAS 67 (VIGENTE PARA LOS BIENIOS 1986-1988 Y 1992-1994) Y 69 (PARA LOS BIENIOS 1996-1998, 2004-2006 Y 2006-2008) DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, A EFECTO DE DETERMINAR EL PORCENTAJE QUE DE ACUERDO A SU ANTIGÜEDAD LES CORRESPONDE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Enero de 2010; Pág. 2141

Precedentes

Amparo directo 510/2009. Gloria María Sosa Barrera y otros. 26 de noviembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: José Rubén Ruiz Ramírez, secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el artículo 52, fracción V, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio consejo. Secretario: Carlos Manuel León Alamilla.

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