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I.15o.A. J/8 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Común

PROMOCIONES RECIBIDAS EN LA OFICIALÍA DE PARTES DE UN ÓRGANO JURISDICCIONAL. SALVO PRUEBA EN CONTRARIO, GOZAN DE LA PRESUNCIÓN DE HABERSE PRESENTADO EN ORIGINAL Y CON FIRMA AUTÓGRAFA DEL PROMOVENTE.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Diciembre de 2009; Pág. 1344

Precedentes

Amparo directo 21/2007. Rocío Sierra Dávila. 14 de marzo de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Cortés Galván. Secretario: Ricardo Gallardo Vara. Amparo directo 280/2007. Sara Murillo Flora. 24 de octubre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Cortés Galván. Secretaria: Lilia Maribel Maya Delgadillo. Queja 103/2008. T.D. Williamson de México, S.A. de C.V. 3 de septiembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Cortés Galván. Secretaria: Lilia Maribel Maya Delgadillo. Amparo en revisión (improcedencia) 143/2008. Exo Products de México, S.A. de C.V. 16 de abril de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Cortés Galván. Secretario: Roberto Fraga Jiménez. Reclamación 5/2009. Administrador de lo Contencioso de Grandes Contribuyentes "3" de la Administración Central de lo Contencioso de Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria. 27 de mayo de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Cortés Galván. Secretario: Edgar Genaro Cedillo Velázquez. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 353/2011 , de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 32/2011 (10a.) de rubro: " PROMOCIONES DENTRO DEL JUICIO DE AMPARO. CUANDO EL OFICIAL DE PARTES DE UN ÓRGANO JURISDICCIONAL NO ASIENTA QUE LAS RECIBIÓ SIN FIRMA AUTÓGRAFA EN LA RAZÓN O ACUSE CORRESPONDIENTE, SE GENERA LA PRESUNCIÓN DE QUE SE PRESENTARON EN ORIGINAL Y CON LA REFERIDA SIGNATURA ." Por ejecutoria del 23 de mayo de 2012, la Primera Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 53/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que ya existe la jurisprudencia 2a./J. 32/2011 (10a.) que resuelve el mismo problema jurídico.

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