IV.3o.T. J/83Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
ASIGNACIONES FAMILIARES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 164 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL ABROGADA. LOS TRABAJADORES JUBILADOS CONFORME AL RÉGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES QUE INTEGRA EL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, NO TIENEN DERECHO A DICHA PRESTACIÓN.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Diciembre de 2009; Pág. 1267
El artículo
164 de la Ley del Seguro Social
abrogada, establece que las asignaciones familiares consisten en una ayuda por concepto de carga familiar y se concederán únicamente a los beneficiarios del pensionado por invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada, de acuerdo con las reglas establecidas en dicho numeral. En esta tesitura, si el trabajador no fue pensionado por alguno de los supuestos previstos en el citado precepto, sino que fue jubilado conforme al Régimen de Jubilaciones y Pensiones, integrante del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social, es inconcuso que no le asiste el derecho a recibir el pago de la aludida prestación.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 464/2006. Arturo Rodríguez Sepúlveda. 3 de octubre de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Torres Lagunas. Secretaria: Angélica Lucio Rosales.
Amparo directo 768/2006. Silvia Elsa Serna Benavides. 17 de enero de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Torres Lagunas. Secretaria: Angélica Lucio Rosales.
Amparo directo 263/2007. Armando Rodríguez Pacheco. 27 de junio de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Cerdán Lira. Secretaria: Diana Elena Gutiérrez Garza.
Amparo directo 306/2009. Rubinia García de Ochoa. 19 de agosto de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Daniel Cabello González. Secretario: Marco Tulio Morales Cavazos.
Amparo directo 584/2009. Instituto Mexicano del Seguro Social. 15 de octubre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Daniel Cabello González. Secretario: Fernando Hernández Sánchez.